¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Los profesionales autónomos.
- Las empresas privadas
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
¿Qué requisitos tiene que tener la persona contratada?
A personas desempleadas durante al menos los dos meses anteriores a la contratación.
¿Qué se considera subvencionable?
Aquellos contratos cuya duración sea de al menos NUEVE MESES.
Podrán ser contratos indefinidos o contratos temporales (excepto los contratos por obra o servicio o el autoempleo), pudiendo ser a jornada completa o parcial (nunca inferior a 20 horas semanales). En la convocatoria de la ayuda exponen que deberán ser preferiblemente indefinidos.
Cuantía de la ayuda
Dependiendo de la jornada efectiva de trabajo la ayuda al empleo varia.
- Los contratos a jornada parcial recibirán 300 euros mensuales hasta los nueve meses de contrato.
- Los contratos a jornada completa la ayuda será de 500 euros mensuales hasta alcanzar el máximo subvencionable nueve meses de contrato.
Duración de la convocatoria
A partir de 30 de enero de 2019 hasta el 16 de julio de 2019 para aquellos que en otras ocasiones hayan disfrutado de dicha ayuda.
Para aquellos que la soliciten por primera vez el plazo será del 30 de enero de 2019 al 1 de abril de 2019.
¿Cómo solicitar la ayuda de la Fundación Mapfre?
¿Cumplo todos los requisitos?
PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS