
Permiso de circulación y ficha técnica
15.03.2018
Publicado originalmente en marzo de 2018 por un cambio en la impresión de documentación de vehículos. Actualizado en septiembre de 2026 para explicar el procedimiento vigente.
Al matricular un vehículo o cambiar su titularidad, conviene distinguir el permiso de circulación, expedido por la DGT, de la tarjeta ITV o ficha técnica, que acredita las características técnicas del vehículo. La gestoría puede tramitar electrónicamente muchos de estos expedientes, pero la documentación que se entrega depende del trámite y de su estado.
¿Qué puede gestionar un gestor administrativo?
La DGT incluye entre los trámites a través de gestores la matriculación ordinaria y temporal, el cambio de titularidad, la notificación de venta, el duplicado del permiso de circulación y el duplicado de una ficha ITV electrónica, entre otros. El convenio de colaboración publicado en 2024 prevé que los colegios revisen y presenten los expedientes, faciliten al interesado la autorización provisional o el resguardo que corresponda e impriman los permisos generados en los términos de la habilitación de la DGT. La competencia para expedirlos sigue siendo de Tráfico.
Permiso definitivo, ficha ITV y documentos provisionales
Tras una matriculación
Una vez completado el expediente y asignada la matrícula, se obtiene el permiso de circulación. La tarjeta ITV puede ser electrónica (eITV) en los vehículos a los que corresponda; el concesionario y los profesionales habilitados intervienen en su custodia y gestión. Antes de circular deben estar resueltos también los requisitos aplicables, como la matrícula física y el seguro. Consulta la sede de vehículos de la DGT para matriculación y duplicados de documentación.
Mientras se resuelve un cambio de titularidad
El resguardo o la autorización provisional se entregan según el cauce utilizado; no equivalen siempre al permiso definitivo. En determinados cambios de titularidad y notificaciones de venta, la Instrucción DGT VEH 2022/27 regula el justificante profesional de tramitación: tiene validez de 30 días, solo dentro de España, y se expide en supuestos tasados. La gestoría debe comprobar qué documento procede en cada expediente y entregar después la documentación definitiva cuando esté disponible.
Si se pierde la documentación
El duplicado del permiso de circulación se solicita a la DGT. La duplicación de la tarjeta ITV depende de si la ficha es electrónica o en papel; en este último caso puede requerir una estación ITV. No hay que confundir la tarjeta ITV con el permiso de circulación ni con el permiso de conducir.
Qué aporta la tramitación con HERVÁS
Para particulares y concesionarios, una gestoría especializada coordina la documentación, identifica incidencias antes de presentar el expediente y permite seguir la matriculación o transferencia hasta la entrega. La rapidez depende de que el vehículo y los documentos estén en condiciones de tramitarse; los plazos anunciados en 2018 no deben entenderse como garantía universal. Consulta los trámites de vehículos de HERVÁS o plantea tu caso para conocer los documentos y el plazo aplicables.
Preguntas frecuentes
¿Quién imprime el permiso de circulación?
Lo imprime el Colegio de Gestores, por habilitación de la DGT, una vez generado el permiso.
¿Un justificante profesional permite circular fuera de España?
No. El modelo regulado por la DGT en 2022 indica expresamente que no es válido fuera del territorio nacional. Si prevés un viaje, consúltalo antes de realizar el trámite.


