Guía · Facturación
VERI*FACTU: plazos y qué cambia en tu facturación
A quién afecta el reglamento de sistemas de facturación, qué fecha te toca, qué cambia en tus facturas y cómo cumplirlo sin complicarte.
Actualizado el 8 de octubre de 2026Lectura: 4 minutosFuentes: AEAT y BOE

Lo esencial
- Tu programa de facturación tiene que adaptarse: antes del 1 de enero de 2027 si presentas el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 en el resto de casos.
- No cambia lo que facturas, sino el programa con el que lo haces. Tus facturas llevarán un código QR.
- Hacienda prevé aplazarlo a octubre de 2028 para pymes y autónomos, pero aún no está aprobado.
¿Cuándo es obligatorio?
Según el Real Decreto-ley 15/2025, estos son los plazos vigentes para tener adaptado tu sistema de facturación:
1 ene 2027
antes de esa fecha
Sociedades
Entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades.
1 jul 2027
antes de esa fecha
Resto de obligados
Entre ellos, los autónomos que tributan en el IRPF por su actividad.
Previsión de aplazamiento. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que prevé aplazar estas obligaciones hasta octubre de 2028 para empresarios y profesionales con una facturación anual de hasta 8 millones de euros. Mientras no se apruebe, siguen vigentes las fechas anteriores.
¿Qué fecha te toca?
Elige tu situación.
Plazos vigentes a 8 de octubre de 2026.
¿A quién afecta?
Te afecta si emites facturas y eres
- Autónomo que tributa en el IRPF por su actividad.
- Sociedad o entidad que presenta el Impuesto sobre Sociedades.
- No residente con establecimiento permanente en España.
No te afecta en estos casos
- Llevas los libros del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII).
- Operaciones que no deben documentarse en factura.
- Residentes en el País Vasco o Navarra, que tienen su propia normativa.
¿Qué cambia en tu facturación?
- Código QR en todas tus facturasCompletas y simplificadas. En la modalidad VERI*FACTU llevan además la leyenda «factura verificable» o VERI*FACTU, y tu cliente puede comprobarla en la Agencia Tributaria.
- El programa genera registros de facturaciónCon elementos de seguridad que impiden alterarlos sin dejar rastro.
- Lo que facturas no cambiaLas obligaciones de facturación siguen siendo las mismas. Puedes seguir facturando en papel o en formato electrónico.
No es la factura electrónica. Los registros de facturación no son facturas electrónicas. La factura electrónica entre empresas es otra obligación distinta.
Formas de cumplirlo
| Modalidad | Cómo funciona |
|---|---|
| VERI*FACTU | El programa envía los registros de facturación a la Agencia Tributaria. |
| No VERI*FACTU | Los registros se conservan en el propio programa, con firma electrónica y un registro de eventos. |
| Aplicación gratuita de la AEAT | Para quien emite pocas facturas. Solo admite facturas completas y con un único destinatario. |
Cómo te ayudamos

Factura desde el Portal del Cliente
Te damos acceso a nuestro programa de facturación integrado en el Portal del Cliente, y tu asesor personal resuelve tus dudas sobre la adaptación.
- Tus facturas y tu documentación, estés donde estés.
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ContactarPreguntas frecuentes
¿Es lo mismo que la factura electrónica?
No. VERI*FACTU regula cómo funcionan los programas de facturación y los registros que generan. Esos registros no son facturas electrónicas.
¿Tengo que dejar de facturar en papel?
No. Puedes seguir emitiendo facturas en papel o en formato electrónico. Lo que cambia es el programa con el que las generas y el código QR que incorporan.
¿Y si no tengo programa de facturación?
La Agencia Tributaria ofrece una aplicación gratuita para quien emite pocas facturas, con las limitaciones de la tabla. También puedes facturar con el programa de nuestro Portal del Cliente.
Estoy en el SII, ¿me afecta?
No. Quienes llevan los libros del IVA a través del Suministro Inmediato de Información quedan excluidos del reglamento.
¿Qué pasa si no me adapto?
Una vez sea obligatorio, usar un programa de facturación que no cumple el reglamento, o uno alterado, es una infracción grave: multa fija de 50.000 € por cada ejercicio. Para quien fabrica o vende programas que no cumplen, la multa es de 150.000 €.
Los plazos pueden cambiar. Revisaremos esta guía cuando se apruebe el aplazamiento. Comprueba tu caso con tu asesor.
Fuentes oficiales · consultadas el 8 de octubre de 2026
- Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU AEAT
- Nota informativa: ampliación del plazo (RDL 15/2025) AEAT
- Previsión de ampliación del plazo, 5 de octubre de 2026 Ministerio de Hacienda
- Ley General Tributaria, art. 201 bis (sanciones) BOE
- Real Decreto 1007/2023, Reglamento de sistemas de facturación BOE
Información general. Los requisitos concretos dependen de tu actividad y de tu régimen.

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¿Qué es VERI*FACTU?
VERI*FACTU es una normativa de facturación electrónica que permite a las empresas y autónomos enviar sus facturas electrónicas de forma segura y verificada a la Agencia Tributaria.

¿Cuándo entra en vigor?

¿Cómo funciona Veri*factu?
Cada factura emitida incluye un código QR y una marca “VERI*FACTU” que garantiza la inalterabilidad del documento y permite su rápida verificación. Orientado a mejorar la seguridad y trazabilidad de los registros, VERI*FACTU reduce el riesgo de manipulación o alteración de datos tras su emisión.

¿Qué riesgos y sanciones pueden derivarse de no utilizar Veri*Factu?

¿Por qué elegir Hervás Asesores para la facturación con VERI*FACTU?



