Constitución de Sociedades
Le informamos de los cambios en cuanto a la constitución de sociedades mercantiles.
El objetivo marcado es agilizar y reducir los costes de constituir una S.L., el cual se consigue mediante la implantación de 3 medidas:
Medida 1: para la constitución de sl con capital social inferior a 30.000 euros en las que sus socios son personas físicas:
– Se podrán constituir telemáticamente dichas sociedades siendo informado el cliente sobre su constitución por el notario siempre que forme una sociedad-tipo.
– Se reduce los costes de su constitución mediante el establecimiento de aranceles notariales y registrales fijos, y dejando exentos las tasas de publicación en el Borme.
– Se reduce enormemente el plazo de constitución fijando un plazo máximo de un día para las S.L. cuyo capital social sea menor a 3.100 euros siempre y cuando se adapten a los estatutos-tipo fijados y aprobados por el ministerio.
Medida 2: en relación a los impuestos sobre la constitución de las S.L.:
– Se exonera el pago del ITP y ADJ (gravado anteriormente sin ningún tipo de exclusión) para todas las sociedades
Medida 3: Disminución de los costes de las operaciones frecuentes en los que incurren las sociedades:
– Se reduce las obligaciones de publicar los actos societarios en periódicos.
– Se permite junto con los medios permitidos hasta ahora (diario de mayor circulacion) convocar la junta general en la página web que tenga la S.L.