Guía · Sociedades
Impuesto sobre Sociedades en Burgos: tipos y plazos
Cómo se calcula el impuesto de tu sociedad, qué tipo le corresponde en 2026, cuándo se presenta la declaración y cómo funcionan los pagos fraccionados.
Actualizado el 8 de octubre de 2026Lectura: 4 minutosFuentes: BOE

Lo esencial
- La base imponible parte del resultado contable, corregido con las reglas de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- En 2026 el tipo va del 15 % (nueva creación) al 25 % (general), según el tamaño y la antigüedad de la sociedad.
- La declaración se presenta en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre: si cierras el 31 de diciembre, del 1 al 25 de julio.
Cómo se calcula
- Resultado contableEl que resulta de la contabilidad, según el Código de Comercio y las normas contables.
- Ajustes fiscalesSe corrige con las reglas de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- Bases negativasSe compensan las de periodos anteriores, si las hay. El resultado es la base imponible.
- Tipo, deducciones y pagos a cuentaSe aplica el tipo que corresponda y se restan las deducciones, las retenciones y los pagos fraccionados.
Tipos en 2026
Para los periodos impositivos que empiezan en 2026:
15 %
primer año con base positiva y el siguiente
Nueva creación
Sociedades que inician una actividad económica, con excepciones si la actividad ya existía.
19 % · 21 %
hasta 50.000 € · resto
Facturación inferior a 1 millón
Según la cifra de negocios del periodo anterior.
23 %
empresas de reducida dimensión
Pymes
Las que cumplen los requisitos del artículo 101 de la ley.
25 %
tipo general
El resto
Hay tipos especiales para algunas entidades, y los reducidos no se aplican a las patrimoniales.
Plazos
| Qué | Cuándo |
|---|---|
| Devengo | El último día del periodo impositivo, que coincide con el ejercicio de la sociedad. |
| Declaración anual | En los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre. |
| Pagos fraccionados | En los primeros 20 días naturales de abril, octubre y diciembre, a cuenta del periodo en curso. |
Calcula el plazo de tu declaración
Del 1 de julio de 2027 al 25 de julio de 2027.
Orientativo. Si el último día es inhábil, puede haber reglas especiales.
Los pagos fraccionados
Sobre la cuota regla general
- El 18 % de la cuota del último periodo cuya declaración ya venció, menos deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta.
Sobre la base opcional
- Sobre la base imponible de los 3, 9 u 11 primeros meses del año.
Cómo te ayudamos
- Llevamos la contabilidadPara que el resultado contable esté al día.
- Revisamos el cierreAjustes, bases negativas, deducciones y el tipo que corresponde a tu sociedad.
- Presentamos la declaración y los pagos fraccionadosEn plazo.
¿Tu sociedad necesita asesoría? Hablamos.
ContactarPreguntas frecuentes
¿Cuándo termina el ejercicio de mi sociedad?
Cuando digan los estatutos. Si no indican otra cosa, el 31 de diciembre.
¿Qué tipo paga una sociedad recién creada?
El 15 % en el primer periodo con base imponible positiva y en el siguiente, si realiza una actividad económica nueva. No se aplica si la actividad la hacía antes un socio con más del 50 % o una entidad vinculada.
¿Qué deducciones puede aplicar mi sociedad?
Las que prevé la ley, si cumple sus requisitos. Por ejemplo, por investigación, desarrollo e innovación tecnológica; por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo; o por crear empleo para personas con discapacidad. Cada una tiene sus límites y exige documentación.
Cada sociedad es distinta. Los ajustes, las deducciones y el tipo dependen de su actividad y su tamaño. Revísalo con tu asesor antes del cierre.
Fuentes oficiales · consultadas el 8 de octubre de 2026
- Ley del Impuesto sobre Sociedades, arts. 10, 27, 28, 29, 35, 36, 38, 40 y 124, y disposición transitoria 44.ª BOE
- Ley de Sociedades de Capital, art. 26 (ejercicio social) BOE
Información general. El cálculo concreto depende de cada sociedad.

¿Preparamos el cierre de tu sociedad?
Revisamos tu ejercicio y presentamos el impuesto y los pagos fraccionados en plazo.
El Impuesto sobre Sociedades grava la renta de las sociedades y otras entidades sujetas al impuesto. En HERVÁS ayudamos a empresas de Burgos con el cierre fiscal y la preparación de la declaración.
La base imponible parte del resultado contable y se ajusta conforme a las reglas fiscales aplicables. El tipo de gravamen y las posibles deducciones dependen del ejercicio y de las circunstancias de cada entidad.
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1Ámbito de Aplicación
Son contribuyentes, entre otras, las sociedades y entidades a las que la normativa del Impuesto sobre Sociedades atribuye esta condición. La residencia fiscal y el tipo de entidad determinan las obligaciones; no basta con realizar una actividad en España para estar sujeto a este impuesto.
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2Periodo Impositivo y Devengo
El período impositivo coincide, con carácter general, con el ejercicio económico de la sociedad y no puede exceder de doce meses. La fecha de cierre se establece en los estatutos; si no se indica otra, el ejercicio termina el 31 de diciembre.
El impuesto se devenga el último día del período impositivo. La declaración se presenta, con carácter general, durante los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre. Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, el plazo ordinario se sitúa en los primeros 25 días naturales de julio, con las reglas aplicables cuando el vencimiento es inhábil.
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3Tipo Impositivo
El tipo de gravamen depende del ejercicio, la cifra de negocios y el régimen aplicable a la entidad. Para los períodos impositivos que se inicien en 2026, la Agencia Tributaria recoge, entre otros, estos tipos:
- Tipo general: 25 %.
- Microempresas con cifra de negocios del período anterior inferior a 1 millón de euros: 19 % para los primeros 50.000 € de base imponible y 21 % para el resto.
- Entidades de reducida dimensión: 23 %, si cumplen los requisitos del régimen.
- Entidades de nueva creación: 15 % en los períodos a los que corresponda y cuando reúnan los requisitos legales.
Hay excepciones y otros tipos especiales. En HERVÁS revisamos el ejercicio y la situación de cada sociedad antes de calcular el impuesto.
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4Deducciones Fiscales
Algunas sociedades pueden aplicar deducciones cuando realizan determinadas inversiones o actividades y cumplen los requisitos de la normativa del ejercicio. Por ejemplo:
- Actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
- Inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo.
- Creación de empleo para trabajadores con discapacidad, en los supuestos previstos.
Su aplicación, límites y documentación deben revisarse en cada caso; no todas las deducciones corresponden a todas las sociedades.
¿Alguna duda?
Ponte en contacto con nosotros, hacemos un estudio personalizado de tu proyecto, estudio de costes y viabilidad, te presentamos una oferta personalizada, adaptada a tu negocio y a los servicios que quieras, siempre con un asesor personal para ti. Para que ninguna consulta se quede sin respuesta.


