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Reducción de Jornada

Tienen derecho de reducción de la jornada de trabajo (con la disminución proporcional del salario entre 1 y 4 horas), quien tenga a su cuidado directo:

  • Algún menor de doce años
  • Una persona con discapacidad física (que no desempeñe una actividad retribuida)
  • Una persona con discapacidad psíquica o sensorial (que no desempeñe una actividad retribuida)
  • Un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que no puede valerse por sí mismo

Estos permisos y licencias quedan establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y puede verse mejorado por el convenio colectivo de aplicación.

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