Ausencias Remunerables del Trabajador
El trabajador, previo aviso y con justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente (ausencias remunerables):
Matrimonio: 15 días.
Nacimiento de hijo: 2 días
Fallecimiento (hasta el 2º de consanguinidad o afinidad): 2 días (*)
Accidente o enfermedad graves de parientes...