Modificaciones Empleados del Hogar
Como consecuencia de la publicación con fecha 31 de Diciembre de 2012 del Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, por el que se modifica la protección social en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, le detallamos a continuación las novedades más significativas:
– Para el año 2013 se modifican las bases de cotización, en función de la retribución, conforme a la siguiente escala:
Retribución mensual |
Base de cotización |
Hasta 172,05 €/mes | 147,86 €/mes |
Desde 172,06 €/mes hasta 268,80 €/mes | 244,62 €/mes |
Desde 268,81 €/mes hasta 365,60 €/mes | 341,40 €/mes |
Desde 365,61 €/mes hasta 462,40 €/mes | 438,17 €/mes |
Desde 462,41 €/mes hasta 559,10 €/mes | 534,95 €/mes |
Desde 559,11 €/mes hasta 655,90 €/mes | 631,73 €/mes |
Desde 655,91 €/mes hasta 753,00 €/mes | 753,00 €/mes |
Desde 753,01 €/mes | 790,65 €/mes |
– Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. No obstante, estos últimos también podrán presentar la solicitud de baja en caso de extinción de la relación laboral.
– Los beneficios en la cotización reconocidos por la legislación vigente a favor de los empleadores de hogar no resultarán de aplicación en el supuesto en que los empleados de hogar que presten servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador asuman el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en dicho sistema especial.