Contrato de Formación y Aprendizaje
Como consecuencia de la publicación con fecha 11 de febrero de 1012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral se modificó las condiciones de los contratos de formación y aprendizaje en los que existe una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
Las novedades introducidas en este tipo de contratos son las siguientes:
– Edad: Se podrá realizar con trabajadores entre 16 y 25 años (hasta 30 años mientras la tasa de paro nacional se sitúe por encima del 15%) que carezcan de cualificación profesional reconocida.
– Duración: Podrá ser entre uno y tres años.
– Formación: Podrá realizarlo en los centros especializados o en la propia empresa.
– Tiempo de trabajo: UN 75% en primer año y un 85% el segundo y tercer año, debiendo compatibilizarse con las actividades formativas.
– Remuneración: Proporcional al tiempo trabajado conforme al convenio colectivo de aplicación.
Una vez finalizado, si el contrato para la formación y el aprendizaje se transformara en indefinido se aplicarán unas reducciones de hasta 1.800€/año en las cotizaciones a la Seguridad Social.