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Gastos Deducibles – Autónomos


Para que un gasto sea fiscalmente deducible, Hacienda establece una serie de requisitos:

  1. Tiene que estar vinculado a la actividad que realiza el autónomo.
  2. Tiene que estar justificado mediante la correspondiente factura.
  3. Tiene que estar registrado contablemente en los libros de gastos e inversiones.

Los gastos que se pueden desgravar los autónomos que tributan en estimación directa, tanto normal como simplificada son prácticamente los mismos que los gastos deducibles en el impuesto de sociedades, aunque hay alguna diferencia.

Los autónomos que tributan en estimación objetiva, pagan una cuota fija establecida por una serie de módulos, no depende de los gastos reales que tenga, por lo que no se puede desgravar los gastos, Sólo podrá deducirse la cuota de IVA correspondiente a esos gastos en el caso de que la actividad esté sujeta a IVA.

Los gastos deducibles más importante son:

  • Consumo de explotación
  • Sueldos y salarios
  • Seguridad social a cargo de la empresa
  • Arrendamientos y cánones
  • Reparaciones y conservaciones
  • Suministros
  • Otros servicios exteriores
  • Servicios de profesionales independientes
  • Tributos fiscalmente deducibles
  • Gastos financieros
  • Amortizaciones
  • Seguros de enfermedad

Como regla general en los gastos no se incluye el importe de la cuota de IVA soportada, salvo en los siguientes casos:

  • La actividad desarrollada se encuentra en el régimen especial de recargo de equivalencia, o de agricultura, ganadería y pesca
  • Adquisiciones de bienes que se van a transmitir aplicando el régimen especial de bienes usados
  • La actividad desarrollada está exenta de IVA

Los tickets no son deducibles al no permitir identificar quién ha realizado el gasto.

Además, desde el 1 de enero de 2019, los autónomos que trabajen desde casa y tengan una parte de su vivienda afecta a la actividad, pueden deducirse un 30% de los gastos de suministros de la parte proporcional de la vivienda destinada a la actividad, salvo que pueda probar un porcentaje superior.

Los autónomos también pueden deducirse 26,67€ diarios por gastos en establecimientos de restauración y hostelería (48.08€ si es en el extranjero), siempre que estén directamente relacionados con la actividad que realizan y pagados con cualquier medio electrónico.

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