Skip to main content

PLAN PIVE 6 para la adquisición de vehículos

Se ha publicado un nuevo Programa de Incentivos de adquisición de vehículos el 26-06-2014 con efectos desde el día siguiente de su publicación y con duración hasta 12 meses después de esa fecha o hasta agotarse el presupuesto disponible.

Las subvenciones serán otorgadas por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía) mediante la reserva de presupuesto que será atendido por riguroso orden de solicitud.

Estas subvenciones vuelven a ser compatibles con las concedidas para la adquisición de vehículos eléctricos.

Se subvencionan las adquisiciones vehículos nuevos M1 (vehículos a motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros que tengan, además del asiento para el conductor, ocho plazas como máximo) o de la categoría N1 (cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y destinados para transporte de mercancías) matriculados en España que cumplan los siguientes requisitos:

• Turismo M1:

Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida clasificados como clase A o B por el IDAE

Eléctricos puros

Propulsados por motores de combustión interna que puedan usar combustibles fósiles alternativos que figuren en la Base de Datos del IDAE y acrediten emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km

• Comerciales Ligeros N1:

Convencionales, híbridos,híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que acrediten emisiones de CO2 no superiores a 160 g/km.

Eléctricospuros

• Turismo (M1) y Comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km que a la fecha de activación de la reserva de presupuesto estén clasificados como clase A, B, C o D en la Base de Datos del IDAE.

• Turismos (M1) cuando el solicitante sea persona física integrante de familia numerosa dotados de más de cinco plazas o persona con discapacidad con movilidad reducida y vehículo adaptado o que se adapte para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo, si adquieren
un vehículo M1 clasificado en la Base de Datos de IDAE como A, B y C.

• El precio no debe superar los 25.000.-€ antes de IVA o IGIC excepto para las adquisiciones de miembros de familia numerosa o discapacitado cuyo límite son
30.000.-€ (limitación no aplicable para vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida)

• Acreditar que el adquirente da de baja definitiva (para achatarrar) un vehículo de categoría M1 o N1 matriculado en España antes de que surta efecto este programa con una antigüedad superior a diez años para M1 y siete años para N1 contados desde la primera matriculación hasta la fecha de activación de la
reserva de presupuesto o fecha de matriculación del nuevo vehículo.

El importe de la subvención será de 2.000.-€: 1.000.-€ de descuento aplicado por el fabricante/importador o punto de venta y 1.000.-€ de subvención pública
aportada por el IDAE.

En el caso de las adquisiciones reguladas para familias numerosas y para persona con discapacidad que acredite su movilidad reducida, los importes serán, para casa uno de los casos, de 1.500.-€ (3.000.-€ en total)

Beneficiarios:

• Persona físicas; los autónomos deben estar de alta en el IAE

• Microempresas: menos de 10
trabajadores e importe neto de cifra de negocio o total de activo no superior a
2 millones de euros

• PYMES: menos de 250 trabajadores e importe neto de cifra de negocio no superior a 50 millones de euros o total de las partidas de activo no superior 43 millones de euros.

• Estar al corriente en los pagos de Hacienda y de la Seguridad Social

Los puntos de ventas que desean participar en este Programa deberán estar adheridos al mismo.

Se regulan los documentos que debe presentar el potencial beneficiario de las subvenciones así como el proceso de gestión de cada una entre el punto de venta
y el IDAE.

 

 

CONTACTA CON NOSOTROS
TELÉFONO y WHATSAPP
EMAIL
HORARIO
  • L - J

    8:30 - 14:00
    15:30 - 18:00

  • V

    8:30 - 15:00

REDES SOCIALES
PAGOS
ASESORÍA Y GESTORÍA
CALLE CARDENAL SEGURA 19, 09003 BURGOS info@hervas.com 947 20 20 49Aviso legal | Terminos y Condiciones |