El pasado 16 de Mayo ha sido publicada la convocatoria para subvenciones dirigidas a la promoción del comercio de la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de incrementar la competitividad del comercio minorista de proximidad y su capacidad de atracción sobre la demanda, de acuerdo con los requisitos establecidos.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
- Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León.
- Asociaciones de comerciantes, Federaciones y Confederaciones de comercio de Castilla y León, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Organizaciones Profesionales de Comercio, creado mediante Decreto 10/1993, de 28 de enero.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
a) Estar incluidas en una de las siguientes categorías:
- Actuaciones dirigidas a la promoción y difusión de la oferta comercial que redunden prioritariamente en beneficio del comercio.
- Actuaciones dirigidas a la innovación del comercio que mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones.
- Actuaciones dirigidas al fomento del asociacionismo comercial:
- Campañas de sensibilización dirigidas a la captación de nuevos asociados y/o afianzar la imagen y presencia de la asociación.
- Sistemas dirigidos a mejorar la comunicación con los asociados sobre la base del uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
b) Quedan expresamente excluidas las siguientes categorías de actuaciones:
- Ferias, certámenes expositivos, congresos, y similares.
- Estudios y similares.
c) No podrán incluirse dentro de una misma actuación, acciones inconexas y/o que no guarden una estrecha relación por su naturaleza y características.
d) En el presupuesto de gastos de la memoria que se presente junto con la solicitud de subvención se relacionarán los proveedores de cada uno de los gastos incluidos en el mismo y para los que se solicita la subvención.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?
Serán subvencionables las siguientes actuaciones de promoción del comercio minorista de proximidad de Castilla y León, que se realicen entre el 16 de septiembre de 2018 y el 15 de septiembre de 2019, ambos inclusive:
– En las actuaciones dirigidas a la promoción y difusión de la oferta comercial: todos los gastos derivados de su diseño, puesta en marcha y ejecución.
– En las actuaciones dirigidas a la innovación del comercio.
– En las actuaciones dirigidas al fomento del asociacionismo comercial:
Campañas de sensibilización.
Sistemas de comunicación con los asociados basados en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
CUANTÍA:
– La cuantía de la subvención será por cada actuación subvencionable de un 85% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
– No serán subvencionables las actuaciones con un presupuesto subvencionable inferior a 1.000 euros.
– El presupuesto máximo aceptado por cada actuación subvencionable será de 55.000 euros.
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 17 de mayo de 2019 hasta el 13 de junio de 2019