Pensiones y Prestaciones Seguridad Social 2012
Como consecuencia de la publicación, con fecha 31-12-2011 del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de Diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público se establecen modificaciones para las cuantías de pensiones y prestaciones públicas aplicables en 2012, tal y cómo le indicamos a continuación:
– Como norma general se establece un aumento del 1% para el año 2012 las pensiones abonadas por la Seguridad Social en su modalidad contributiva, pensiones de Clases Pasivas del Estado, pensiones públicas, ingresos para el reconocimiento de complementos para mínimos, prestaciones familiares de la Seguridad Social de hijo a cargo, así como los importes de los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado y de las pensiones especiales de guerra, las pensiones mínimas del Sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas, de las pensiones no contributivas y del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez no concurrentes, así como de las prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo con dieciocho o más años y con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100 y del subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte.
Cuantías de Pensiones y prestaciones públicas aplicables en 2012:
– Complementos para mínimos:
• Cuantías mínimas de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas para el año 2012:
Clase de pensión |
Importe |
||
Con cónyuge a cargo Euros / año |
Sin cónyuge unidad económica unipersonal Euros / año |
Con cónyuge no a cargo Euros / año |
|
Pensión de jubilación o retiro |
10.690,40 |
8.664,60 |
8.218,00 |
Pensión de viudedad |
8.664,60 |
||
Pensión familiar distinta de la viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones |
8.443,40 N |
Límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos para mínimos:
En 2012: 6.993,14 euros/año.
En 2011: 6.923,90 euros/año.
• Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva del Sistema de la Seguridad Social para el año 2012:
Clase de pensión |
Titulares |
||
Con cónyuge a cargo Euros/año |
Sin cónyuge: unidad económica unipersonal Euros/año |
Con cónyuge no a cargo Euros/año |
|
Jubilación: | |||
Titular con sesenta y cinco años |
10.690,40 |
8.664,60 |
8.218,00 |
Titular menor de sesenta y cinco años |
10.018,40 |
8.104,60 |
7.658,00 |
Titular con 65 años procedente de gran invalidez |
16.035,60 |
12.997,60 |
7.658,00 |
Incapacidad Permanente: | |||
Gran invalidez |
16.035,60 |
12.997,60 |
13.327,00 |
Absoluta |
10.690,40 |
8.664,60 |
8.218,00 |
Total: Titular con sesenta y cinco años |
10.690,40 |
8.664,60 |
8.218,00 |
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años |
10.018,40 |
8.104,60 |
7.658,00 |
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años |
5.388,60 |
5.388,60 |
55 % base mínima cotización Régimen General |
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años |
10.690,40 |
8.664,60 |
8.218,00 |
Viudedad: | |||
Titular con cargas familiares |
10.018,40 |
||
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 |
8.664,60 |
||
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años |
8.104,60 |
||
Titular con menos de sesenta años |
6.559,00 |
Clase de pensión |
Euros/año |
Orfandad: | |
Por beneficiario |
2.646,00 |
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 6.559,00 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. | |
Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 |
5.206,60 |
En favor de familiares |
|
Por beneficiario |
2.646,00 |
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas: | |
– Un solo beneficiario con sesenta y cinco años |
6.396,60 |
– Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años |
6.024,20 |
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.913,00 euros/año entre el número de beneficiarios. |
Límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos para mínimos:
– En 2012:
• Sin cónyuge a cargo: 6.993,14 euros/año.
• Con cónyuge a cargo: 8.157,57 euros/año.
– En 2011: 6.923,90 euros/año.
– Cuantías de otras prestaciones y pensiones públicas:
1. Límite máximo de percepción de pensión pública: 2.522,89 euros/mes o 35.320,46 euros/año.
2. Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI):
– Pensiones del SOVI no concurrentes: 5.539,80 euros/año.
– Pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad: 5.383,00 euros/año.
3. Pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva: 5.007,80 euros/año.
– Complemento de pensión para el alquiler de vivienda: 525 euros anuales.
4. Prestaciones familiares de la Seguridad Social:
– Prestación por hijo menor de 18 años no minúsválido: 291 euros/año.
– Prestación por hijo menor de 18 años con discapacidad superior al 33 por 100: 1.000 euros/año.
– Prestaciones por hijo a cargo mayor de 18 años discapacitado:
• Con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100: 4.292,40 euros/año.
• Con un grado de discapacidad igual o superior al 75 por 100 y necesitado del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida: 6.439,20 euros/año.
– Prestación por nacimiento o adopción de hijo establecida en el artículo 186.1 del TRLGSS: 1.000 euros.
– Límite de ingresos para el reconocimiento de las prestaciones familiares de la Seguridad Social por hijo a cargo:
• Cuantía a la que se refiere el párrafo primero del artículo 182.1.c) del TRLGSS (hijo menor de 18 años no discapacitado): 11.376,66 euros/año.
• Cuantía a la que se refiere el párrafo segundo del artículo 182.1.c) del TRLGSS (familia numerosa): 17.122,59 euros/año, incrementándose en cada 2.773,39 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.
5. Subsidios económicos de la Ley 13/1982 (LISMI):
– Subsidio de garantía de ingresos mínimos: 149,86 euros/mes.
– Subsidio por ayuda de tercera persona: 58,45 euros/mes.
– Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte: 61,40 euros/mes.
6. Pensiones asistenciales de la Ley de 21 de julio de 1960 y Real Decreto 2620/1981: 149,86 euros/mes.
7. Cuantía de las ayudas sociales reconocidas a los afectados por el VIH al amparo del Real Decreto-ley 9/1993: 601,12 euros/mes.
8. Cuantía de la prestación económica establecida por la Ley 3/2005: 7.059,10 euros/año.
CUANTIAS ACTUALIZADAS DE PENSIONES Y PRESTACIONES PARA EL AÑO 2011
Los pensionistas que estuvieran cobrando complemento para mínimos para el año 2011 se les revisarán los importes en las cuantías siguientes abonándoseles la diferencia.
– Cuantías mínimas de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas para el año 2011:
Clase de pensión |
Importe |
||
Con cónyuge a cargo Euros / año |
Sin cónyuge unidad económica unipersonal Euros / año |
Con cónyuge no a cargo Euros / año |
|
Pensión de jubilación o retiro |
10.584,00 |
8.577,80 |
8.135,40 |
Pensión de viudedad |
8.577,80 |
||
Pensión familiar distinta de la viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones |
8.359,40 N |
– Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva del Sistema de la Seguridad Social para el año 2011:
Clase de pensión |
Titulares |
|||||
Con cónyuge a cargo – Euros/año |
Sin cónyuge: unidad económica unipersonal – Euros/año |
Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
||||
Jubilación: | ||||||
Titular con sesenta y cinco años |
10.584,00 |
8.577,80 |
8.135,40 |
|||
Titular menor de sesenta y cinco años |
9.919,00 |
8.023,40 |
7.581,00 |
|||
Titular con sesenta y cinco años años procedente de gran invalidez |
15.876,00 |
12.867,40 |
12.203,80 |
|||
Incapacidad Permanente: | ||||||
Gran invalidez |
15.876,00 |
12.867,40 |
12.203,80 |
|||
Absoluta |
10.584,00 |
8.577,80 |
8.135,40 |
|||
Total: Titular con sesenta y cinco años |
10.584,00 |
8.577,80 |
8.135,40 |
|||
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años |
9.919,00 |
8.023,40 |
7.581,00 |
|||
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años |
5.334,00 |
5.334,00 |
4.938,08 |
|||
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años |
10.584,00 |
8.577,80 |
8.135,40 |
|||
Viudedad: | ||||||
Titular con cargas familiares |
9.919,00 |
|||||
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 |
8.577,80 |
|||||
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años |
8.023,40 |
|||||
Titular con menos de sesenta años |
6.493,20 |
|||||
Clase de pensión |
Euros/año |
Orfandad: | |
Por beneficiario |
2.619,40 |
Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 |
5.154,80 |
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 6.493,20 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. | |
En favor de familiares: | |
Por beneficiario |
2.619,40 |
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas: | |
– Un solo beneficiario con sesenta y cinco años |
6.332,20 |
– Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años |
5.964,00 |
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.873,80 euros/año entre el número de beneficiarios. |
– Pensiones del extinguido seguro obligatorio de vejez e invalidez no concurrentes: 5.483,80 euros/año.
– Pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva: 4.957,40 euros/año.
– Prestaciones por hijo a cargo mayor de 18 años discapacitado:
• Con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100: 4.249,20 euros/año.
• Con un grado de discapacidad igual o superior al 75 por 100 y necesitado del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida: 6.374,40 euros/año.
– Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte: 728,40 euros/año.