
Requisitos:
• Se ha de producir en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
• No ha de mediar interrupción entre el contrato existente y el que resulte de la novación.
• Debe suponer un incremento salarial bruto de 1.400€, derivado de las percepciones salariales cotizables.
• El incremento salarial debe haberse producido como consecuencia del cambio de categoría o grupo profesional según convenio colectivo.
• La trabajadora cuyo ascenso se pretende subvencionar no puede estar afectada por ERE ahora ni en el año siguiente al ascenso.