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¿ Sociedad o Autónomo?


Antes de iniciar una actividad es importante conocer las distintas opciones jurídicas que hay, estudiar sus características y determinar qué figura se ajusta mejor a tus necesidades.

Aunque hay muchas fórmulas jurídicas a la hora de crear una empresa, las dos opciones más comunes son los autónomos y las sociedades limitadas.

La forma jurídica más adecuada depende de factores económicos, personales y comerciales, por lo que no se puede determinar con precisión, pero sí hay ciertas pautas y criterios que te pueden ayudar a la hora de elegir la que mejor se adecue a tus necesidades.

Vamos a establecer un resumen que explicaremos más abajo:

Sociedad Limitada
Responsabilidad Limitada
Capital Social Inicial de 3.000€
Mejor Imagen Comercial
Tributación fija del 25%
Gastos de Constitución
Contabilidad Mercantil
Socios de alta como autónomos
Autónomo
Rápida constitución
Sin Capital Social
Trámites de Gestión sencillos
Beneficios en la Cuota de Autónomos
Responsabilidad ilimitada
Empresa = Empresario
Fiscalidad regulada por IRPF

      Responsabilidad.

La principal desventaja del empresario individual respecto a la SL es su responsabilidad ilimitada, ya que responde con su patrimonio personal por las deudas frente a terceros, mientras que la SL, como su nombre indica, es de responsabilidad limitada y por tanto sólo responde con el patrimonio de la sociedad.

      Constitución de la empresa.

Los trámites y costes de constitución como autónomo son muchos más baratos y sencillos que los de una SL y el proceso es mucho más rápido. Puedes darte de alta como autónomo en un único día mientras que una sociedad necesita de un proceso que puede demorarse entre 5 y 30 días.

      Costes de gestión.

El coste de gestoría de los autónomos suele ser más bastante más bajo que en el de las SL, debido a que su contabilidad es bastante más sencilla.

Además, desde el 1 de enero de 2019, los autónomos pueden beneficiarse de la  tarifa plana en la cuota de autónomos, unas bonificaciones que no puedes disfrutar como autónomo societario.

      Aportación económica.

La creación de una SL exige aportar un capital social mínimo de 3.000 euros, mientras que como autónomo no es necesaria ninguna aportación.

      Impuestos.

El autónomo tributa por el IRPF, que es un impuesto progresivo. En el caso del impuesto de sociedades, es un impuesto con tipos fijos, en concreto del 25%.

Además, la sociedad limitada tiene más requisitos formales y registrales.

      Acceso a financiación bancaria.

Las sociedades limitadas tienen, en principio, una mayor facilidad para acceder a créditos bancarios, ya que las cuentas de estas formaciones empresariales son más claras y precisas.

      Imagen comercial.

Las SL ofrecen una imagen más profesional, de empresa más grande y solvente.

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