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Subvenciones

Subvenciones a la Contratación

09.05.2019

SE HA PUBLICADO EL 25 DE ABRIL DE 2019 CUATRO CONVOCATORIAS DIFERENTES PARA SUBVENCIONAR LA CONTRATACIÓN… SIGUE LEYENDO PARA VER SI TE PUEDES BENEFICIAR DE ALGUNA DE ELLAS

 

1.CONVOCATORIA PARA EL 2019 FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA ORDINARIA

  • BENEFICIARIOS:
    • Podrán ser beneficiarios de la subvención los autónomos personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
    • Las empresas, entidades o autónomos solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita.
    • El índice de temporalidad deberá ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación. Aquellas empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores no se exige cumplir el índice de temporalidad.

 

  • OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
    • Facilitar toda la información que les sea requerida.
    • Cumplir los requisitos de información y comunicación a la persona trabajadora que su contrato esa cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
    • Conservar los documentos justificativos de la subvención.
    • Comunicación al SEPE cualquier modificación que se produzca.

 

  • REQUESITOS SUBVENCIÓN
    • La contratación se formalizará por escrito y se comunicará al SEPE; se deberá presentar en el centro de trabajo de Castilla y León.
    • Se garantizará la estabilidad por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de la misma.
    • En el caso que durante dicho tiempo se extingue la relación laboral, el beneficiario está obligado en un plazo de dos meses desde la fecha de la baja a formalizar otro contrato indefinido a tiempo completo.

 

2. CONVOCATORIA PARA EL 2019 FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA ORDINARIA DEL PRIMER TRABAJADO DE LOS AUTÓNOMOS

  • BENEFICIARIOS:
    • Podrán ser beneficiarios de la subvención los autónomos personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
    • Podrán ser beneficiarios los autónomos establecidos en Castilla y León.
    • Las empresas, entidades o autónomos solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita.
    • El índice de temporalidad deberá ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada. Aquellas empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores no se exige cumplir el índice de temporalidad.

 

  • OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
    • Facilitar toda la información que les sea requerida
    • Cumplir los requisitos de información y comunicación a la persona trabajadora que su contrato esa cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
    • Conservar los documentos justificativos de la subvención.
    • Comunicación al SEPE cualquier modificación que se produzca.

 

  • REQUESITOS SUBVENCIÓN:
    • La contratación se formalizará por escrito y se comunicará al SEPE; se deberá presentar en el centro de trabajo de Castilla y León.
    • Se garantizará la estabilidad por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de la misma.
    • En el caso que durante dicho tiempo se extingue la relación laboral, el beneficiario está obligado en un plazo de dos meses desde la fecha de la baja a formalizar otro contrato indefinido a tiempo completo.

 

3. CONVOCATORIA PARA EL 2019 FOMENTO DE LA TRANSFERENCIA DE DETERMINADOS CONTRATOS TEMPORALES EN INDEFINIDOS

 

  • BENEFICIARIOS:
    • Podrán ser beneficiarios de la subvención los autónomos personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
    • Las empresas, entidades o autónomos solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la transformación contractual o ampliación de jornada por la que se solicita.
    • El índice de temporalidad deberá ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada. Aquellas empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores no se exige cumplir el índice de temporalidad.

 

  • OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
    • Facilitar toda la información que les sea requerida por los órganos de tramitación o control de la administración o del Fondo Social Europeo.
    • Conservar los documentos justificativos de la subvención.
    • Comunicación al SEPE cualquier modificación que se produzca.

  

  • REQUESITOS SUBVENCIÓN
    • La contratación, transformación contractual o ampliación de jornadas se formalizará por escrito y se comunicará al SEPE; se deberá presentar en el centro de trabajo de Castilla y León.
    • Se garantizará la estabilidad por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de la misma.
    • En el caso que durante dicho tiempo se extingue la relación laboral, el beneficiario está obligado en un plazo de dos meses desde la fecha de la baja a formalizar otro contrato indefinido a tiempo completo.

 

  • PLAZO DE PRESENTACIÓN SEGÚN LA FECHA DE INICIO:
    • Si la contratación se ha iniciado entre el día 1 de octubre de 2018 y el día 26 de abril de 2019, ambos inclusive: dos meses computados desde el día siguiente a aquél en que se publique el extracto de esta resolución.
    • Si la contratación se ha iniciado a partir de 26 de abril de 2019: dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, con el límite establecido en el párrafo siguiente. 
    • En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre 26 de abril de 2019 y el 15 de octubre de 2019.

 

4. CONVOCATORIA PARA EL 2019 FOMENTO DE LA AMPLIACIÓN A TIEMPO COMPLETO DE LA JORNADA DE LOS CONTRATOS INDEFINIDOS ORDINARIOS A TIEMPO PARCIAL FORMALIZADOS CON MUJERES

 

  • BENEFICIARIOS:
    • Podrán ser beneficiarios de la subvención los autónomos personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
    • Las empresas, entidades o autónomos solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores.
    • El índice de temporalidad deberá ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada. Aquellas empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores no se exige cumplir el índice de temporalidad.

  

  • OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
    • Facilitar toda la información que les sea requerida.
    • Cumplir los requisitos de información y comunicación a la persona trabajadora que su contrato esa cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
    • Conservar los documentos justificativos de la subvención.
    • Comunicación al SEPE cualquier modificación que se produzca.

 

  • REQUESITOS SUBVENCIÓN
    • La ampliación de jornadas se formalizará por escrito y se comunicará al SEPE; se deberá presentar en el centro de trabajo de Castilla y León.
    • Se garantizará la estabilidad por un período mínimo de dos años desde la fecha de inicio de la misma.
    • En el caso que durante dicho tiempo se extingue la relación laboral, el beneficiario está obligado en un plazo de dos meses desde la fecha de la baja a formalizar otro contrato indefinido a tiempo completo.

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN PARA LAS 4 SUBVENCIONES SEGÚN LA FECHA DE INICIO:

  • Si la contratación se ha iniciado entre el día 1 de octubre de 2018 y el día 26 de abril de 2019, ambos inclusive: dos meses computados desde el día siguiente a aquél en que se publique el extracto de esta resolución.
  • Si la contratación se ha iniciado a partir de 26 de abril de 2019: dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, con el límite establecido en el párrafo siguiente.
  • En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre 26 de abril de 2019 y el 15 de octubre de 2019.
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