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Subvenciones

Subvención Cuota Autónomos – Pago Único

07.05.2019

La convocatoria consiste en el pago de cuotas de la seguridad social a  los trabajadores beneficiarios de las prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único total para el año 2019.

 

¿Quién se puede beneficiar?

  • Los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único y esta sea por la totalidad del importe a percibir (100%), siempre y cuando este realice su actividad en Castilla y León.

 

¿Quién puede ser beneficiario del 100% del importe de la prestación  en la modalidad de pago único?

  • Aquellas personas que pretendan incorporarse como socios trabajadores o de trabajo en una cooperativa de trabajo o sociedad laboral.
  • Los que pretendan constituirse como trabajadores autónomos.
  • Aquellas personas que se incorporen una sociedad, y para ello capitalicen el 100% de esta prestación para aportarla como capital social.

 

¿Cuantía de la subvención?

Teniendo en cuenta el tiempo de prestación por desempleo que corresponda a cada beneficiario, será subvencionable las cuotas de la seguridad social en el régimen correspondiente por el mismo tiempo que corresponda la prestación por desempleo.

  • 50% de la cuota de trabajador por cuenta propia (calculada sobre la base mínima de cotización).
  • 100% de la aportación del trabajador en la cotización por cuenta ajena.

 

Plazo de presentación de la solicitud:

1º CONVOCATORIA: Desde el día siguiente a la publicación hasta el 10 de junio de 2019 inclusive, para las cuotas satisfechas desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019, ambas inclusive.

2º CONVOCATORIA: Desde el día 2 de septiembre de 2019 al 15 de octubre de 2019, para las cuotas satisfechas desde el 1 de abril de 2019 al 31 de agosto de 2019, ambas inclusive.

 

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