Subvenciones Dirigidas al Fomento de la Industria 4.0 o Digitalización Industrial en CYL en 2024.
¿Quién puede ser beneficiario?
Empresas industriales privadas de cualquier tamaño, que estén válidamente constituidas y que cumplan los requisitos.
Son «Empresas industriales» aquellas que realicen una actividad industrial, según lo recogido en el artículo 2 de la Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León. Se considerarán actividades industriales las dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados.
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Se podrá presentar solicitud entre los días 26 de abril de 2024 y 27 de mayo de 2024.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y que cumpla los requisitos necesarios para su inclusión en la división A del Registro Industrial de Castilla y León. Todo ello antes de presentar solicitud.
- La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCYL.
- Solicitar esta subvención para un proyecto subvencionable que cumpla los requisitos establecidos.
- No estar incurso en alguna en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión.
- No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el apartado decimonoveno del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
¿Cuál es la cuantía de la subvención y el periodo subvencionable?
La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos.
Se fija un mínimo de 30.000€ por proyecto subvencionable y un máximo de 150.000€. Los proyectos con cuantía subvencionable inferior al mínimo no serán subvencionables.
Se fija un mínimo de 3.000€ por proyecto subvencionable y un máximo de 20.000€. Los proyectos con cuantía subvencionable inferior al mínimo no serán subvencionables.
Para subvenciones superiores a 30.000€, las personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro deberán acreditar cumplir los plazos de pago que se establecen en la ley para obtener la condición de beneficiario. La acreditación se realizará para personas físicas y jurídicas mediante la cuenta de perdidas y ganancias abreviada. Aquellas personas jurídicas que no puedan presentar cuenta de PyG abreviada lo harán mediante certificación emitida por auditor con información desglosada en materia de pagos, si no fuera posible se deberá aportar un Informe de Procedimientos Acordados.
El periodo subvencionable será:
El comprendido entre el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 1 de septiembre de 2024 incluido.
¿Qué actividades son subvencionables?
Las actuaciones subvencionables serán los proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, que incorporen o hagan uso de las tecnologías recogidas en la convocatoria.