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Subvención

Subvención para las Actividades que Mejoren la Calidad de Vida en el Medio Rural en CYL en 2024

09/05/2024

Subvención Dirigida al Mantenimiento y Activación de los Servicios Empresariales que Mejoren la Calidad de Vida en el Medio Rural en CYL en 2024.

¿Quién puede ser beneficiario?

Las personas físicas (autónomas) o jurídicas, que no tengan carácter público, que lleven a cabo una prestación de servicios itinerantes a las personas de la provincia, orientada a mejorar la calidad de vida de las mismas y que no reciban otros apoyos económicos desde SODEBUR o la Diputación de Burgos, para el mismo objeto.

Se establecen dos tipos de beneficiarios, excluyentes entre sí:

  • Personas físicas (autónomas) o jurídicas, que no tengan carácter público, que simplemente desarrollen actividades de venta de productos o prestación de servicios de forma itinerante, y que realicen dicha actividad al menos, desde el 1 de enero de 2023.
  • Personas físicas(autónomas) o jurídicas, que no tengan carácter público, que lleven a cabo una inversión, para la ampliación o mejora de su capacidad productiva, en actividades de venta de productos o prestación de servicios de forma itinerante, y que realicen dicha actividad al menos, desde el 1 de enero de 2023.
¿Qué requisitos debo cumplir?
  1. Prestar servicios en al menos seis entidades locales menores de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos durante todo el año 2023 en cada una de las entidades locales.
  2. En el caso de inversiones para ampliación o mejora de la capacidad productiva, se deberá determinar claramente la inversión a realizar y servicio a prestar con detalle, indicando el número potencial de personas a atender. Solo podrán ser beneficiarios aquellos solicitantes de inversiones que no fueron subvencionadas en la convocatoria del año pasado.
  3. Hallarse al corriente de pago en las obligaciones tributarias y de seguridad social.
¿Cuál son los gastos subvencionables y el periodo subvencionable?

Los gastos subvencionables serán los indicados en esta convocatoria y que estén relacionados con la venta de productos o prestación de servicios de forma itinerante de empresas ya existentes. Los gastos deberán ir desde el 1 de enero de 2023 hasta 31 de diciembre de 2023.

La inversión en la mejora de un servicio existente (incluye, entre otros, la inversión en vehículos eléctricos). Las inversiones deberán ser realizadas desde el 20 de mayo de 2023 y el plazo para ejecutar y aportar la justificación será hasta el 31 de diciembre de 2024.

Entre los servicios se incluyen:

  1. Servicios de abastecimiento de alimentación, sanitarios y transporte.
  2. Servicios de atención personal: higiene, estética, cuidado, terapia ocupacional, terapia psicológica, fisioterapia, ayuda a la movilidad dentro y fuera del domicilio, compañía.
  3. Servicios de relación con el entorno: acompañamiento a realización de servicios, realización de gestiones, relaciones sociales.
  4. Servicios de ocio y cultura.
  5. En general. Servicios en itinerancia que mejoren la calidad de vida de las personas en el medio rural de la provincia.

Quedan excluidos servicios de construcción y reformas, instalaciones y mantenimiento, así como los gastos de contratación, nóminas, cuotas de autónomos, servicios de asesoría y gestoría, impuestos, suministros, etc.

Importe de la subvención:

En el caso del desarrollo de actividades de venta de productos o prestación de servicios en itinerancia será de hasta un máximo de 3.000€ en los casos que se preste servicio en al menos seis entidades locales y un máximo de 5.000€ cuando el domicilio fiscal supere 50km en al menos tres de ellas.

En los proyectos de inversión el importe será del 80% de la inversión en entidades locales inferiores a 200 habitantes con un limite de 20.000€ y el 60% con un limite de 15.000€ en entidades de mayor numero de habitantes.

Plazo de solicitud:

    Desde el 3 de mayo de 2024 hasta el 30 de mayo de 2024 (ambos incluidos).

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