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Subvenciones

Subvención para Contratación Temporal de Interinidad

25.05.2021

Se ha publicado las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a fomentar la contratación temporal con clausula específica de interinidad para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.

Objeto de la subvención:

Fomentar la contratación de personas desempleadas para sustituir a trabajadores por cuenta ajena que prestan servicios en centros de trabajo en Castilla y León:

  • Suspensión del contrato de trabajo por situación de riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses, acumulación del permiso de lactancia, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
  • Reducción de jornada laboral o excedencia por cuidado de hijo o familiar.

 

Beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica. Podrán ser también beneficiaria de esta ayuda las agrupaciones e personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Empresa o entidad de menos de 100 trabajadores.
  • Se excluyen como beneficiarios los pertenecientes al sector público.

 

Destinatarios de la contratación:

La contratación deberá formalizase con personas que en fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como demandante de empleo, no ocupadas, en el servicio público de empleo.

  • Personas menos de 35 años de edad
  • Personas de 45 o más años de edad
  • Personas desempleadas de larga duración
  • Mujeres
  • Personas con discapacidad igual o superior a 33%
  • Personas en riesgo de exclusión social
  • Personas inmigrantes, emigrantes castellanos y leoneses retornados y personas refugiadas.

Requisitos:

  1. Contrato temporal con cláusula especifica de interinidad a jornada completa. En caso de sustituir a un trabajador que tenga reducida su jornada, podrá formalizarse a jornada parcial.
  2. Se admite que un mismo destinatario de la contratación sustituya a más de un trabajador, que varios destinatarios sustituyan a un único trabajador o destinatarios sustituyan a varios trabajadores.
  3. En la misma convocatoria no se concederá mas de una subvención por el mismo trabajador sustituido.
  4. El periodo de contratación ha de tener una duración mínima de 90 días 
  5. El contrato ha de formalizarse por escrito.
  6. No serán subvencionables las contrataciones que se formalicen con los socios ni con miembros de los órganos de administración, gobierno o representación.

Cuál es la cuantía:

1.000€ Por cada contrato.

Esta cuantía se incrementará en 500,00€ si:

  • Contratación Mujeres
  • Personas de mas de 55 años
  • Personas en riesgo de exclusión social
  • Personas Inmigrantes, emigrantes castellanos y leoneses retornados y personas refugiadas.
  • Persona victima de violencia de género
  • Persona que preste su servicios en municipios con población inferior a 5.000 habitantes.

 

Qué plazo hay para solicitarlo

Pdt. de fecha

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