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Deducciones IRPF

Deducciones en el IRPF por Obras de Mejora de la Eficiencia Energetica en Viviendas

25.10.21

NUEVAS DEDUCCIONES EN EL IRPF POR OBRAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS.

 

El artículo 1 del Real decreto-Ley  19/2021 del 5 de octubre introduce tres nuevas deducciones temporales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que serán aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para uso de vivienda (con arreglo a la legislación sobre arrendamientos urbanos), y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

 

Deducciones por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda.

 

Deducción de hasta un 20%:

    • De las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
    • Base máxima de deducción: 5.000 euros anuales.
    • Siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.
    • Acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda.

Deducción de hasta un 40%:

    • De las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
    • Base máxima de deducción: 7.500 euros anuales.
    • Siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable.
    • Acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

 

  • Deducción por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial.
  • Aplicable sobre las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2023.
  • Deducción de hasta un 60% de las cantidades satisfechas, hasta un máximo de inversión total 15.000 euros (base máxima acumulada en tres años).
  • Base máxima anual de deducción: 5.000 euros anuales.
  • Obras en las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio en el que se ubica.
  • Acreditable a través de certificado de eficiencia energética, una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30% como mínimo, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
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