Las empresas no financieras y los autónomos afectados por la pandemia COVID-19, con domicilio fiscal en Castilla y León, excepto en el caso de grupos y empresas que cuyo volumen de operaciones en 2020, haya sido superior a 10 millones de euros y desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico y participen en varias convocatorias, o las entidades no residentes no financieras que operen en España a través de Establecimiento permanente.
Diferencia entre 3 tipos de beneficiarios:
- Empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva.
- Resto de empresarios o profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o en el IVA o tributo indirecto equivalente en 2020 haya caído mas de un 30% respecto a 2019.
- Grupos consolidados que tributen en el impuesto sobre sociedades en el régimen de tributación consolidada, cuyo volumen de operaciones anual en 2020 haya caído mas de un 30% respecto a 2019.