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Subvención Sodebur dirigida a la digitalización, promoción y comercialización online
11.03.2022
- Empresas, autónomos o entidades jurídicas, que desarrollen su actividad mercantil en el medio rural de la provincia de Burgos.
- Deberán tener su domicilio fiscal en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos o, al menos, su centro de trabajo deberá estar ubicado en un municipio de las mismas características
- La actividad mercantil o empresarial susceptible de subvención deberá estar desarrollándose en el momento de solicitud de la subvención.
- En el caso de concurrir varias empresas del mismo grupo empresarial se concederá en primer lugar a una de ellas (la de mayor cuantía), y si quedan fondos disponibles se concederían a las siguientes en caso de cumplir con los requisitos y condiciones.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables las actividades realizadas desde el 3 de noviembre de 2021 hasta el 28 de octubre de 2022
Las actuaciones susceptibles de subvención son las siguientes:
- Estrategias integrales de digitalización de la empresa que deberán incluir los siguientes aspectos (TODOS):
- Web o reforma de la existente
- Servicios de venta online (tienda online, marketplace o social selling)
- Gestión de redes sociales
- Publicidad online (con coste o de manera colaborativa)
- Plataformas o programas de gestión interna de procesos (contabilidad, recursos humanos, gestión de proyectos, big data…)
- Plataformas o sistemas de gestión de trabajo virtual para las personas trabajadoras de la empresa.
- Desarrollo de e-commerce propio o dependiente de terceros (plataformas de marketplace), incorporación de medios de venta y pasarelas de pago en tiendas vinculadas a redes sociales, telegram, whasap u otros canales de venta online
- Realización de contenidos audiovisuales promocionales y campañas de videomarketing.
- Servicios profesionales de gestión de redes sociales, community manager y redacción digital.
- Tarifas de posicionamiento y suscripción en plataformas de venta de bienes y servicios.
- Plataformas de gestión interna de procesos (contabilidad, recursos humanos, gestión de proyectos, trabajo virtual…).
- Implantación de plataformas de bigdata e inteligencia artificial.
Quedan excluidas las comisiones cobradas por terceros por ventas realizadas así como los gastos de equipos informáticos o cualquier dispositivo físico.
No se considerarán gastos subvencionables, los gastos de contratación de personal, los gastos de contratación de servicios de gestoría o administración, los impuestos personales sobre la renta, el valor añadido y el resto de impuestos relacionados con el gasto cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
CUANTÍA
La cuantía a conceder a las personas físicas o entidades jurídicas de esta convocatoria será:
a) del 70% del presupuesto de las actividades a realizar, con un máximo de 5.000,00 € de subvención para la actividad subvencionable 1. Estrategias integrales de digitalización.
b) del 70% del presupuesto de las actividades a realizar, con un máximo de 3.000,00 € de subvención para el resto de actuaciones.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
La concesión de las subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de la Provincia”. (PENDIENTE DE SU PUBLICACION)