Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
![](/wp-content/uploads/pexels-daria-shevtsova-704982-scaled.jpg#thumbnail=700%2C500%2C&srcset=1)
Subvenciones
Ayudas Directas – Ayto. Burgos
10.12.2021
Ayudas directas – Segunda Convocatoria
¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN?
Finalidad contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y el empleo de aquellas actividades que se encuentran recogidas en el listado de epígrafes admitidos por parte del ayuntamiento, y que han sufrido la crisis económica ocasionada por la COVID-19.
¿QUIÉNES PODRÁN SER BENEFICIARIOS?
- Personas físicas o jurídicas, comunidad de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.
- Realicen de forma habitual, personal y directa; por cuenta propia a título lucrativo en algunos de los sectores subvencionables.
- Estar dado de alta en IAE en alguno de los epígrafes objeto de subvención desde el 25 de octubre de 2020 hasta seis meses después de haber resuelto la convocatoria.
- Aquellos que no se encuentran inscritos en la seguridad social por no tener plantilla contrata deberán encontrarse dadas de alta en el RETA entre el 25 de octubre de 2020 hasta seis meses después de haber resuelto la convocatoria.
- La actividad debe contar con licencia municipal
- Su domicilio fiscal y desarrolle la actividad (ambos requisitos) en el término municipal de Burgos y mantengan la actividad desde el 25 de octubre de 2020 hasta minino seis meses más desde la fecha de resolución de la convocatoria.
- Estar al corriente con las obligaciones tributarias de la seguridad social, AEAT y ayuntamiento de Burgos.
- Haber justificado cualquier subvención concedida con anterioridad siempre que haya finalizado el plazo de justificación.
¿CUÁL ES EL IMPORTE SUBVENCIONABLE?
Los importes subvencionables serán variables de los epígrafes del IAE en el que se encuentre dado de alta y los empleados con los que cuente la empresa.
PERIODO SUBVENCIONABLE
El periodo subvencionable será del 25 de octubre de 2020 al 1 de junio de 2021.
¿CUÁNDO LO PUEDO PRESENTAR?
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 23 de diciembre de 2021