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Renta

¿Cómo Reclamar el IRPF de la Prestación de Maternidad?

15.10.2018

El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones por el permiso de maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF.

Esto quiere decir, que las mujeres que disfruten de su baja por maternidad a partir de este año, no deberán incluir el pago de dicha prestación, en su declaración de la renta.

Además, la agencia tributaria deberá devolver las cantidades del IRPF cobradas injustamente, a partir de 2014.

 

Podrán reclamar la devolución:

  • Las mujeres trabajadoras, que incluyeron en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.
  • También podrán reclamar los padres que hayan percibido dicha prestación, habiéndoles cedido la madre el permiso, por lo que este sigue siendo por maternidad.

 

¿Qué debo hacer para reclamarlo?

A expensas de que la Agencia Tributaria, realice un comunicado indicando el método para solicitarla devolución del dinero, la vía para realizar la reclamación sería:

  • Presentando un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos, del ejercicio en que se percibió la prestación, indicando el cálculo de las cantidades pendientes de devolución y aportando documentación justificativa (Escritos, datos fiscales, Declaración de la Renta…)

 

Plazos para solicitar la devolución:

  • Hijos nacidos en el año 2014 y cobraste en ese año la prestación, el plazo para reclamar es hasta el 30 de Junio 2019.
  • Hijos nacidos en el año 2015 y cobraste en ese año la prestación, el plazo para reclamar es hasta el 30 de Junio 2020.
  • Hijos nacidos en el año 2016 y cobraste en ese año la prestación, el plazo para reclamar es hasta el 30 de Junio 2021.
  • Hijos nacidos en el año 2017 y cobraste en ese año la prestación, el plazo para reclamar es hasta el 30 de Junio 2022.

Hay que tener en cuenta que, si su hijo nació en el último trimestre del año, es posible que haya percibido la prestación en dos años distintos, por lo que la reclamación deberá ser de esos dos ejercicios.

 

¿Cuánto tiempo tardará La Agencia Tributaria en abonarme el dinero?

Depende de cada caso, una vez reciba Hacienda la reclamación, está realizará las comprobaciones pertinentes; y si efectivamente la prestación fue tributada y todos los datos son correctos.

La Agencia Tributaria dispone de seis meses para resolver las solicitudes, pueden considerar o rechazar la reclamación.

Si en el caso que fuera rechazada, todavía quedará la vía de reclamación judicial antes el tribunal económico administrativo y los juzgados.

Si necesita más asesoramiento, nuestros Asesores Fiscales están al corriente de todas las novedades y estarán encantados de ayudarle.

 

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