Módulos – Exclusiones 2016
Tras la aprobación de la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2016; se endurecen las condiciones para poder tributar por el régimen de módulos en 2016, y por tanto no puede tributar en módulos en 2016 quien haya facturado en 2015 más de 250.000.-€.
Se añade además una nueva condición; que la facturación a empresarios y profesionales no supere los 125.000€.
Para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales el límite del rendimiento del ejercicio anterior pasa de 300.000€ a 250.000€.
El límite del volumen de compras de bienes y servicios se reduce de 300.000€ a 250.000€.
Para 2016 quedan excluidas del régimen de módulos las actividades incluidas en la división 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE relacionadas con fabricación, construcción, fabricación de pan, churrería, confección, imprentas…, fundamentalmente.