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Nueva Regulación en el Alquiler de Viviendas

La Ley 4/2013 de 4 de junio, con el objeto de flexibilizar el mercado del alquiler, introduce una serie de modificaciones en la regulación de los arrendamientos de viviendas.

Las principales novedades son las siguientes:
• Se busca potenciar la libertad de pactos entre las partes
• Se reducen de cinco a tres años la prórroga forzosa y de tres a uno la prórroga tácita
• El arrendador podrá recuperar su vivienda siempre que haya transcurrido un año de duración del contrato en determinados supuestos de necesidad de vivienda
• Pasados seis meses del inicio del contrato, el arrendatario podrá desistir del mismo con un preaviso de treinta días

Hay que destacar, asimismo, que se potencia la importancia de la inscripción en el Registro de la Propiedad de estos contratos de arrendamiento y de su eficacia frente a terceros.

Asimismo, se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para tratar de evitar los problemas más habituales en los procesos de desahucios como por ejemplo vincular el lanzamiento a la falta de oposición del demandado cuando éste no atiende al pago o no comparece ante el juzgado.

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