Se ha publicado en el BOCYL del 08/05/2021 la Ley 3/2021 que supone la casi efectiva supresión del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Impuesto de Sucesiones
En las adquisiciones “mortis causa” se aplicará una bonificación del 99 por 100 siempre que el adquirente sea cónyuge, descendiente o adoptado, o ascendiente o adoptante del causante.
Impuesto de donaciones
En la cuota del impuesto sobre donaciones se aplicará una bonificación del 99 por 100 siempre que el adquirente sea cónyuge, descendiente o adoptado, o ascendiente o adoptante del donante.
La donación deberá documentarse en escritura pública y en las donaciones de metálico debe justificarse el origen de los fondos.