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Subvención de Empresas Artesanas en CyL
15.04.2021
SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MODERNIZACIÓN DE LAS EMPRESAS ARTESANAS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Dirigido a la modernización, la mejora de la gestión sobre la base de la innovación y la promoción establecimientos existentes artesanos de la comunidad de CYL.
¿QUIEN PUEDE BENEFICIARSE?
Las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro.
- Deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener condición de PYME
- Tener la condicion de taller artesano. Excluidas las actividades artesanía alimentaria.
- Desarrollar su actividad comercial en CYL.
- Además deben acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.
- Plan de igualdad para aquellas empresas que estén obligadas.
Además deberán destinar los bienes subvencionables al fin de concretar para el que se concedió la subvención y mantener la actividad artesanal en el establecimiento artesanal al menos durante dos años, desde la finalización del periodo subvencionable, salvo fuerza mayor debidamente justificada.
¿QUE ES SUBVENCIONABLE?
Podrán subvencionarse, por cada establecimiento artesano para el que se solicite subvención, los proyectos que tengan la siguiente finalidad:
– La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento artesano y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad artesana.
– La implantación o la introducción de mejoras en su sistema de producción.
– Digitalización mediante la implantación, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, de sistemas de gestión y/o de comercialización del establecimiento artesano, especialmente la implementación de plataformas de venta online, o la introducción de mejoras en los sistemas ya existentes, así como la realización de actuaciones promocionales basadas igualmente en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
– Participación en ferias de artesanía.
– Varias de las anteriores a la vez.
Serán susceptibles de financiación los gastos que se ejecuten entre 17 de octubre del año 2019 y el 16 de octubre del año 2020, ambos inclusive.
Los gastos subvencionables serán:
- La elaboración del diagnostico
- Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior
- La adquisición e instalación de rótulos en el exterior
- La adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria
- Desarrollo de página web, venta oline-econommercer, scommerce ect
- El hardware y el software necesarios para la instalación
- Formación necesaria para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas.
- Los gastos de inscripción para la participación en ferias.
CUANTÍA
Por cada establecimiento artesano para el que se solicite, será de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
- No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 500 euros.
- El presupuesto máximo aceptado será de:
- Para la participación en ferias de artesanía de 3.000 euros.
- Para el resto de gastos en su conjunto de 7.000 euros
¿CUAL ES EL PLAZO PARA SOLICITARLO?
Desde el 10 de abril de 2021 hasta el 3 de mayo de 2021