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Renta

Novedades Renta año 2023

26.03.2024

RENTA 2023

Plazo de presentación: 03 de abril – 01 de julio (domiciliadas hasta el 26 de junio).

  • La declaración deberá presentarse telemáticamente.
  • Todos los autónomos están obligados a presentar la declaración, independientemente de los ingresos.
  • Para los autónomos en estimación directa simplificada, aumenta el porcentaje de gastos de difícil justificación al 7%.
  • El límite para estar obligado a presentar la declaración de la renta por rendimientos del trabajo, cuando se tiene un pagador es de 22.000€ y cuando se tienen varios pagadores sube a 15.000€ anuales (para el resto de rendimientos hay otros umbrales).
  • Las deducciones por donativos se amplían al 80% de la aportación.
  • Se amplían para este año las deducciones temporales aplicables en la cuota íntegra estatal del IRPF por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de viviendas (habitual o arrendada), y en los edificios residenciales, que sean acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.
  • Desde el 30 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024 hay una nueva deducción por adquisición de vehículos eléctricos. Se podrá deducir hasta el 15% del valor de adquisición de la compra del vehículo (con una base máxima de 20.000€) y el 15% de la instalación del punto de carga (con una base máxima de 4.000€).
  • Las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas están exentas de IRPF.
  • Continúan los límites exentos de las becas concedidas para cursar estudios reglados.
  • El límite de importe exento de los premios de loterías y apuestas es de 40.000 euros.
  • Deducción por maternidad: Se podrá incrementar hasta en 1.000€ adicionales si el hijo menor de tres años ha asistido a la guardería o centro de educación infantil autorizado. Además, se amplía la deducción en los supuestos en los que la madre haya estado en ERTE, desempleo o cese de actividad si es autónoma.
  • Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad que no tengan rentas anuales superiores a 8.000€, excluidas las exentas.
  • Deducción por familia numerosa: se mantiene el incremento de la cuantía por cada hijo adicional.
  • Aportaciones planes de pensiones: Para 2023 el límite de aportación se mantiene en 1.500€ (si la aportación la realiza la empresa el límite será de 8.500€)
  • Criptomonedas. la Agencia Tributaria obliga a reflejar en la Declaración de la Renta estas inversiones cuando los ingresos obtenidos superen los 1.000 euros tanto si se obtienen en España como en el extranjero.

Durante esta campaña de Renta, sea cual sea tu situación, no dudes en consultarnos si tienes cualquier duda sobre:

  • Venta de acciones, tierras, vivienda….
  • Alquiler de Vivienda
  • Deducciones estatales
  • Deducciones Autonómicas
  • Subvenciones
  • Donaciones
  • Herencias
  • Préstamos Hipotecarios
  • Cláusula Suelo
  • Actividad Económica
  • Erte
  • Prestación autónomos
  • Ingreso Mínimo Vital
  • Ayuda de 200€

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