Nuevo Convenio Hostelería en Burgos 2016 – 2017
Cambios mas importantes: 1. El presente convenio tendrá una vigencia de 2 años y se extenderá desde la fecha 01-01-2016 hasta 31-12-2017.
Dado que las tablas salariales comenzarán a regir a partir del 01 de julio de 2016, se deberá proceder al cálculo y posterior envío de los atrasos pertinentes debido a las diferencias salariales sufridas. 2. El contrato de formación seguirá aplicando el artículo 11.2 del Estatuto de los trabajadores, pudiéndose suscribir contratos de tales características en las categorías previstas de los grupos profesionales I,II y III. Los salarios de formación aumentan un 0,7% en 2016 en todos sus rangos de edad , y un 0,9% en 2017. 3. Se mantienen las actuales categorías para los trabajadores con contrato en vigor y cualquier contratación que las empresas realicen lo será conforme al nuevo sistema de clasificación profesional y categorías del III Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería. Cada área funcional y grupo profesional detalla su integración y adaptación de las categorías del Convenio de Burgos al ALEH. 4. Se publican las nuevas tablas salariales que recogen una subida de los salarios de 0,7% en 2016 y 0,9% en 2017. 5. La paga del sector pasará a ser en 2016 de 1.022,96 euros (73,07€ en catorce pagas) para todas las categorías profesionales excepto Botones, Pajes, Pinches de 16 a 18 años y contratos formativos, que será de 699,48€ (49,96€ catorce pagas). En 2017 será de 1.032,17€ (73,07€ catorce pagas) y 705,77€ (50,41€ catorce pagas). 6. El plus transporte mantiene el incremento de 0,6% para 2016 (49,29€ mensuales) y de 0,9% para 2017 (49,73€ mensuales). 7. Los gastos de locomoción aumentan su cantidad a 0,1866 céntimos de euro a partir de 01 de julio de 2016, y 0,1883 céntimos de euro en 2017. 8. Creación del artículo 49. Promoción de nuevos Convenio de empresa : negociación detallada de materias objeto de negociación entre la comisión paritaria y la autoridad laboral. 9. Creación del artículo 50. Comisión Paritaria sobre prevención del acoso y la igualdad de oportunidades : se constituyen dos representantes patronales y dos sindicales, los cuales se reunirán con la comisión paritaria del presente convenio ,como mínimo una vez al año, para promover y desarrollar medidas concretas entre empresas y trabajadores del sector.