Ha sido aprobada la convocatoria de la subvención para trabajadores autónomos y sociedades que hayan iniciado su actividad en 2018-2019 en el término municipal de Burgos.
¿A quién está destinada esta ayuda?
A cualquier persona física o jurídica que haya iniciado una actividad por cuenta propia en 2018-2019.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- No haber ejercido actividad como trabajadores o trabajadoras encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o como mutualista en el año anterior al alta en la declaración censal de la nueva empresa.
- Que no sean deudores de la Hacienda Municipal ni tengan pendientes de justificar otras subvenciones municipales, y que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- El domicilio fiscal deberá estar fijado en el término municipal de Burgos, desde la fecha de alta de la empresa, así como el desarrollo de la actividad económica.
- No haber sido subvencionado por el Ayuntamiento de Burgos para la misma finalidad.
Cuantía de la subvención.
Un máximo de 3.000€.
Gastos subvencionables:
- Tres cuotas de cotización a la Seguridad Social.
- El alta de colegiación hasta un máximo de 1.000€.
- El alquiler del local de negocio de 3 meses.
- Gastos de publicidad, propaganda y difusión hasta un máximo de 1.000€.
- Gastos notariales por escrituras de la sociedad y/o compra del local, de inscripción en el registro mercantil y/o propiedad.
- Gastos de prevención de riesgos laborales.
- Gastos de registro de patentes y marcas.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de finaliza el 2 de octubre 2019.